Aseguradoras y reaseguradoras finalmente tendrán que remitir anualmente a la DGSFP un informe en el que se deberá hacer una evaluación del impacto financiero sobre la sociedad de los riesgos asociados al cambio climático generados por la exposición a este de su actividad. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, publicada el viernes en el Boletín Oficial del Estado, confirma esta obligación. Ya estaba prevista desde el inicio del proceso de aprobación de la ley.

En este informe al supervisor, deberán incluirse, además, los riesgos de la transición hacia una economía sostenible. Y las medidas que se adopten para hacer frente a dichos riesgos.

Por otro lado, la ley estipula que el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la DGSFP elaborarán conjuntamente, cada dos años, un informe sobre el grado de alineamiento con las metas climáticas del Acuerdo de París y de la normativa de la Unión Europea. Este documento estará basado “en escenarios futuros y sobre la evaluación del riesgo para el sistema financiero español derivado del cambio climático y de las políticas para combatirlo”. Se coordinará en el ámbito de la Autoridad Macroprudencial Consejo de Estabilidad Financiera (AMCESFI).

El informe recogerá las propuestas que, en su caso, considere necesarias para mitigar el riesgo. Será publicado y remitido al Congreso de los Diputados y al Senado.

Fuente: INESE