Sentencia de un juzgado de lo penal de Madrid

Un juzgado de lo penal de Madrid ha condenado a la aseguradora de un conductor infractor a pagar 3,3 millones de euros a una mujer que fue atropellada en un paso de peatones señalizado, lo que le causó un daño cerebral grave a consecuencia de lo cual necesita asistencia las 24 horas del día.

Se trata de la mayor indemnización recibida por una sola víctima de un siniestro de tráfico y por primera vez se ha superado la barrera de los tres millones de euros, según ha informado a la agencia Efe el letrado de la víctima, Manuel Castellanos Piccirilli, director de MCP Abogados. El conductor ha sido condenado a la pena de seis meses de prisión y a otros seis meses de privación del derecho a conducir automóviles y ciclomotores.

Las lesiones que padece la víctima le han dejado secuelas que han sido valoradas en 99 puntos del tope de 100 que contempla el baremo. Además, requiere de ayuda de terceras personas para la realización de todas las actividades de la vida diaria, y precisa de revisiones médicas constantes así como de un tratamiento fisioterapéutico y logopédico para el resto de su vida. La vivienda se ha tenido que adaptar para que pueda continuar con su tratamiento paliativo que, dada la edad de la víctima (32 años), se puede prolongar durante un periodo de tiempo muy largo.

En la sentencia también se ha resarcido el perjuicio patrimonial, como son los gastos sufridos durante la convalecencia, así como el lucro cesante de la lesionada.

Recursos

La sentencia no es firme. La aseguradora la ha recurrido al parecerles excesivo, fundamentalmente, la suma indemnizatoria que la juez estima para el concepto de “ayuda de tercera persona” y que la juez ha calculado en la necesidad de 13,5 horas diarias.

El despacho MCP Abogados también la va a recurrir ya que considera que su cliente ha percibido cuidados de 20 horas diarias, como ha venido necesitando estos últimos años. También se va a recurrir para que se le apliquen los intereses moratorios de la Ley de Contrato de Seguro.

Fuente: INESE