El nuevo texto, de aplicación para ITV y conocimiento de los talleres, ha añadido nuevos puntos para regular las modificaciones de coches.

Son muchos los conductores que deciden transformar su vehículo, ya sea por una cuestión de estética, de potencia o para hacer de sus coches un automóvil que libere menos emisiones contaminantes. Y aunque las estaciones de inspección técnica del vehículo son las responsables de comprobar y validar estos cambios para autorizar su circulación, los profesionales del taller también deben conocer las variaciones que se aprueban para, sobre una base sólida y legal, aconsejar a los clientes sobre la posibilidad o no de realizar ciertas modificaciones.

En base a estos cambios, el Ministerio de Industria ha publicado la 6ª revisión del Manual de reformas de importancia, una reforma de la que ya se han hecho eco en muchas asociaciones de talleres. Estas variaciones entrarán en vigor de forma general, obligatoria a partir del 24 de agosto de 2020, dado que también entra en vigor de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida. Específicamente, para CR 8.30, será obligatoria a partir del 8 de mayo y podrá utilizarse de forma voluntaria, a petición del interesado, desde el 8 de mayo para los CR 2.13, 2.14 y 8.70.

Hasta esa fecha continuará vigente la 5ª revisión del Manual de reformas de importancia, con entrada en vigor y aplicación desde el pasado 1 de octubre 2019.

En el apartado de preámbulo, en el punto 5.3 Informe de conformidad, se ha agregado un párrafo que hace ilusión a que “respecto a emisiones contaminantes, para vehículos ligeros de categorías M y N, homologados según Reglamento (UE) 2017/1151 o posteriores, el emisor del informe de conformidad deberá comprobar que el AR de emisiones sigue siendo válido en todos los códigos de reforma, según la categoría del vehículo transformado. No será necesario incluir el dato de CO2, salvo mención explícita en el CR correspondiente”.

Además, se han llevado a cabo modificaciones, o se han incluido, los siguientes apartados del Manual de reformas de importancia:

  • 2.3 Modificación o sustitución de la unidad motriz por otra de distintas características. (Modificación)
  • 2.13 Modificación del sistema del control de emisiones para el paso de una etapa Euro a una etapa superior. (Nuevo)
  • 2.14 Instalación de sistemas reductores de emisiones en cuanto a NOX y partículas. (Nuevo)
  • 8.4 Acondicionamiento de espacio para instalaciones de sillas de ruedas. Asientos, cinturones y sus anclajes. (Modificación)
  • 8.20 Instalación o desinstalación de elementos permanentes en la zona frontal del interior del habitáculo del vehículo. (Modificación)
  • 8.21 Instalación o desinstalación de mamparas de separación entre asientos (Modificación)
  • 8.24 Instalación de convertidores de corriente continua a corriente alterna. (Nuevo)
  • 8.30 Instalación o desinstalación de elementos fijos que no afecten a la estructura del espacio destinado a carga o equipaje del vehículo. (Modificación)
  • 8.50 Transformaciones que modifiquen la longitud del voladizo delantero y/o trasero. (Modificación)
  • 8.51 Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo. (Modificación)
  • 8.52 Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo. (Modificación)
  • 8.70 Transformación a ambulancias, funerarias, blindados, autocaravanas y sus modificaciones. (Modificación)
  • 9.1 Adición o desinstalación de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente de alumbrado y señalización. (Modificación)
  • 11.1 Cambio de clasificación. (Modificación)

Fuente: “Reparación” de la web Infotaller.tv